Dentro de la Constitución Española, está reconocido el derecho que tienen todos los ciudadanos de recibir asistencia jurídica de forma gratuita en caso de no disponer de los recursos económicos necesarios para poder contratar un abogado.
Teniendo esto en cuenta, si deseas conocer de qué forma solicitar un abogado de oficio, te invitamos a que continúes leyendo para que sepas cuales son los pasos que tienes que seguir para hacerlo.
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¿Qué personas tienen derecho de contar con un abogado de oficio?
Para comenzar, es conveniente señalar que las personas que tienen el derecho de recibir los servicios prestados por un abogado de oficio, son las siguientes:
- Cualquier ciudadano.
- Cualquier ciudadano que pertenezca a algún Estado que forme parte de la Unión Europea.
- Cualquier persona extranjera que tenga residencia dentro de España, independientemente si lo hace legalmente o no.
- Las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
- Aquellas Asociaciones de utilidad pública las cuales se encuentren previstas dentro del artículo 32 de la Ley 1/2002, que regula el Derecho de Asociación.
¿Cuáles son los pasos a seguir para poder solicitar un abogado de oficio?
Si necesitas solicitar algún abogado de oficio, independientemente de la razón por la cual puedas precisar de sus servicios, tienes que llevar a cabo los siguientes pasos:
- Para empezar, debes asegurarte de dirigirte a los Servicios de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados situados en la localidad donde te encuentras. Una vez allí, podrás recibir asesoramiento y se encargarán de tramitar tu solicitud para obtener un abogado de oficio tan pronto como sea posible.
- De igual manera, tienes la opción de solicitar los servicios prestados por un abogado de oficio acudiendo a los juzgados del municipio donde resides.
- En cualquier caso, tienes que tener presente que tienes que proporcionar ciertos documentos los cuales podrían variar dependiendo no solo de la localidad donde te encuentres, sino también de tu caso específico. No obstante, lo más común suele ser la fotocopia del DNI, certificado catastral de los bienes inmuebles, fotocopia del Libro de Familia, informe de vida laboral, copia de la última Renta o el documento que indique que no se ha presentado, certificado de empadronamiento, certificados de empresa y nóminas, certificado de desempleo y/o certificado que acredite la percepción de pensiones, etc.
- Debes tener presente, igualmente, que el abogado de oficio ofrece sus servicios de manera gratuita, siempre que tu situación económica se haya mantenido igual durante los tres próximos años después de que termine el proceso. De lo contrario, resulta posible que debas encargarte de pagar tanto sus honorarios como los del procurador.
- Asimismo, tienes que ser plenamente consciente de que no tienes la opción de escoger al abogado de oficio, sino que al terminar de realizar los trámites de solicitud, te será asignado uno. De igual modo, el abogado que te sea asignado no tendrá la posibilidad de renunciar a representarte, a excepción de ciertos casos de orden penal donde está permitido que lo haga.
- Finalmente, hay que mencionar que el tiempo de espera para que pueda algún abogado de oficio serte asignado, podría variar considerablemente entre un lugar a otro, aunque lo más usual es que no tarde tanto tiempo.
Si es esta la primera vez que solicitas los servicios de un abogado de oficio, siguiendo los pasos que te hemos presentado anteriormente podrás hacerlo.